Funciones Consejo Superior Universitario |
Son funciones del Consejo Superior Universitario: Definir las políticas académicas y administrativas y la planeación institucional, procurando armonizarlas con los planes y programas de desarrollo del país y del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá. Definir la organización académica, administrativa y financiera de la institución. Velar por que la marcha de la institución esté acorde con las disposiciones legales, y las políticas institucionales. Expedir y modificar los Estatutos y Reglamentos de la Universidad. Designar al rector para un período de tres (3) años y removerlo de acuerdo con la Ley y los Reglamentos. Encargar al rector en ausencia del titular cuando a ello haya lugar y lo estime conveniente. Aprobar el presupuesto de la Universidad. Crear, modificar o suprimir proyectos académicos, unidades administrativas y secciónales de la Universidad y proyectos académicos de conformidad con las normas legales. Crear, suprimir o fusionar cargos y expedir, con arreglo al presupuesto, la planta de personal de la Universidad. Fijar el valor de los derechos pecuniarios que cobre la Universidad. Crear, organizar y reglamentar fondos. Otorgar títulos honoríficos conforme a los reglamentos. Definir políticas y programas de Bienestar Universitario y organizar mediante mecanismos de administración directa o fiduciaria, sistemas de becas, subsidios y créditos estudiantiles. Resolver las dudas que se presenten en la interpretación de los reglamentos que expida. Delegar en el Rector o en los Consejos Académico y de Facultad, las funciones que considere conveniente para la agilidad y buena marcha de la Universidad. Expedir y modificar su propio reglamento. Intervenir cada vez que ocurran hechos o situaciones que afecten o puedan afectar el normal funcionamiento de la Institución. Las demás que le atribuyan las leyes, los estatutos y reglamentos de la Universidad.
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