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Consejo Superior Universitario |
Es el máximo órgano de dirección y gobierno de la Universidad y está integrado por los siguientes miembros: a.) El Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, o su delegado, quien lo preside. b.) Un (1) representante del Presidente de la República, que haya tenido vínculos con el sector universitario, quien preside las sesiones en ausencia del Alcalde Mayor o su delegado. c.) El Ministro de Educación Nacional, o su delegado. d.) Un (1) representante de las directivas académicas, elegido por el Consejo Académico entre sus miembros. Su período será por el término en el cual desempeñe las funciones como miembro del Consejo Académico. e.) Un (1) ex rector de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas elegido por los exrectores, para un período de tres (3) años. f.) Un (1) profesor de la Universidad, o su suplente, elegido por los profesores para un período de tres (3) años. g.) Un (1) estudiante de la Universidad, o su suplente, elegido por los estudiantes para un período de dos (2) años. h.) Un (1) egresado graduado de la Universidad Distrital, o su suplente, elegido por los egresados graduados de la Institución para un período de tres (3) años. i.) Un (1) representante del sector productivo, con un período de tres (3) años, elegido por el Consejo Superior Universitario de terna presentada para tal fin, por el Consejo Intergremial, o quien haga sus veces en Bogotá D.C. j.) El Rector de la Universidad, con voz y sin voto. Actúa como secretario del Consejo Superior Universitario el Secretario General de la Universidad. En ausencia del delegado del Alcalde, o del Presidente, los miembros presentes que constituían quórum, podrán designar un presidente ad-hoc de los restantes miembros para la respectiva sesión. |