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Derechos Pecunarios 2017 |
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El Consejo Superior Universitario mediante el Acuerdo N° 004 de 2006 en su Art. 13, fijó los valores por concepto de derechos pecuniarios a los estudiantes de la Universidad los cuales para el año 2017 son los siguientes:
SALARIO MÍNIMO LEGAL MENSUAL VIGENTE (SMMLV) $ 737. 717 PESOS M/CTE. SALARIO MÍNIMO LEGAL DIARIO VIGENTE (SMDLV) $ 24.591 PESOS M/CTE.
Consignar en la Cuenta de Ahorros No. 230-81461-8 BANCO DE OCCIDENTE con el código correspondiente. * El Consejo Superior Universitario mediante Art. 6° Parágrafo Primero del Acuerdo N° 004 de 2006, fijó valores por concepto de sistematización y carné a los estudiantes de la Universidad. ** El Consejo Superior Universitario mediante Art. 12 del Acuerdo N° 004 de 2006, actualizó los derechos pecuniarios de los cursos intermedios y vacacionales, fijando el cobro en siete (7) SMDLV. ***El Consejo Superior Universitario mediante Art. 13 del Acuerdo N° 004 de 2006, fijó los valores por concepto de derechos pecuniarios a los estudiantes de la Universidad. ****El artículo 15° del Acuerdo N° 004 de 2006 expedido por el Consejo Superior Universitario, dispone: “Por cada día de exceso en el uso de libros de consulta general o por cada hora de exceso en el uso de libros de referencia en la Universidad, el usuario deberá pagar una décima parte de un salario mínimo diario legal vigente.” *****Conforme con lo dispuesto en los Art. 11, parágrafo 3°, de la Resolución de Rectoría N° 309 de 2010 y 8° de la Resolución de Rectoría N° 551 de 2012, la Secretaría General de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas ESTABLECE que el costo de una fotocopia corresponderá al 0.005% de un salario minino diario legal vigente. FORMULARIOS DE INSCRIPCIÓN PREGRADO
FORMULARIOS DE INSCRIPCIÓN POSGRADO
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